Año
jubilación |
Años
|
Meses
adicionales |
Año
nacimiento |
2013 | 65 | 2 | 1948 |
2014 | 65 | 4 | 1949 |
2015 | 65 | 6 | 1950 |
2016 | 65 | 8 | 1951 |
2017 | 65 | 10 | 1952 |
2018 | 65 | 12 | 1953 |
2019 | 65 | 14 | 1954 |
2020 | 65 | 16 | 1955 |
2021 | 65 | 18 | 1956 |
2022 | 65 | 20 | 1957 |
2023 | 65 | 22 | 1958 |
2024 | 65 | 24 | 1959 |
CINCO PUNTOS CLAVES DE LA REFORMA DE LAS PENSIONES
1.- EDAD DE JUBLIACION
lA EDAD DE JUBILACIÓN PASA DE LOS 65 A LOS 67 AÑOS. NO OBSTANTE, LOS TRABAJADORES CON 38,5 AÑOS COTIZADOS PODRAN JUBILARSE A LOS 65
2.- AÑOS COTIZADOS
PARA PODER COBRAR EL 100% DE LA PENSIÓN NO BASTARÁ CON TENER 67 AÑOS SINO QUE ADEMAS HABRA QUE TENER 37 AÑOS COTIZADOS
3.- BASE REGULADORA
AUMENTO DEL NÚMERO DE AÑOS A TENER EN CUENTA PARA CALCULAR LA BASE REGULADORA ACTUALMENTE EN 15, POSIBLEMENTE PASARÁN A 25 AÑOS
4.- PREJUBILACIONES
SE PROPONE RETRASAR A 63 LA EDAD A PARTIR DE LA CUAL UN TRABAJADOR PUEDE ACOGERSE A LA JUBILACIÓN ANTICIPADA, AHORA FIJADA EN 61 AÑOS
5.- COTIZACIÓN REAL
LA REFORMA PROPONER CALCULAR LA PENSIÓN SOBRE LOS AÑOS DE COTIZACIÓN REAL SIN UTILIZAR COMO HASTA AHORA, MECANISMOS COMPLEMENTARIOS
La reforma de las pensiones afectaría a los nacidos a partir de 1948 pero en menor medida. El nuevo texto comenzará a aplicarse gradualmente en 2013, de tal forma que en 2025 todos los trabajadores se retiren legalmente a los 67 años.
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