lunes, 31 de enero de 2011

Los años de cotización aumentan seis meses cada dos años hasta alcanzar los 38,5 años en 2027

Los nacidos a partir de 1948 tendrán que alargar la vida laboral
MARIÁN MARTÍNEZ LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Los nacidos en 1948 serán los primeros afectados por la reforma de las pensiones, ya que tendrán que cumplir 65 años y 1 mes en 2013, excepto los que tengan cotizados más de 35,6 años, que no tendrán que sumar ese mes. El Gobierno ha establecido un plazo transitorio de entre 10 y 15 años, a partir de 2013, para la implantación total del sistema de pensiones, cuya aplicación será gradual incluso en el aumento de los meses necesarios de cotización hasta llegar al máximo. Así, los nacidos en 1962 ya se tendrán que jubilar con 67 años en 2027, y tener cotizados 38,5 años para cobrar el 100%, excepto si cumplen los requisitos de alguna de las excepciones pactadas por el Gobierno y sindicatos mayoritarios.
Edad de jubilación
La edad legal de jubilación pasa de 65 a 67 años, y para cobrar el 100% será necesario tener 37 años cotizados, también dos más que ahora. Pero el proceso se hará de manera progresiva a partir del 1 de enero de 2013. Durante seis años (2013-2018) aumentará la edad necesaria para jubilarse un mes por año. Los nueve años siguientes (2019-2027) se aumentarán dos meses por año. Así, en 2013 serán 65 años y un mes; en 2019 ya habrá que tener 65 años y 8 meses, y en 2027 se llega a los 67 años.
Excepciones
Se mantiene la jubilación a los 65 años con el 100% de la pensión para los trabajadores que acrediten haber cotizado 38 años y 5 meses. Si no se cuenta con ese periodo de cotización, se aplicará un coeficiente reductor del 1,8% por trimestre. También se podrán jubilar a los 65 años y con la totalidad de la pensión los que realicen trabajos de especial peligrosidad o penosidad, aunque el catálogo que los especifica aún no es público.
Periodo de cotización
La exigencia de 38 años y seis meses será gradual, sumando seis meses más cada dos años.
Edad mínima de jubilación
Será voluntaria y sin el trámite de pasar por el paro. Los coeficientes reductores no podrán superar el 42% del total de la pensión, frente al 40% actual. De manera excepcional en caso de crisis, los trabajadores se podrán jubilar con 61 años si tienen 33 años o más de cotización.
Prejubilaciones
Se elimina la jubilación especial a los 64 años. Se mantiene la jubilación parcial a los 61 años, pero se encarecerá progresivamente, de tal manera que en 2027 la empresa tendrá que cotizar el 100% tanto por el trabajador como por el que deja su puesto de trabajo. "Esta figura se ha degradado hasta utilizarse como una jubilación anticipada. Y eso hay que corregirlo", afirmó ayer el ministro de Trabajo. La jubilación por despido (fórmula habitual para prejubilaciones) se reservará para causas objetivable (por ejemplo, un proceso concursal). El límite de edad se elevará de 52 a 55 años, y la empresa asumirá los costes hasta que el trabajador cumpla 63 años, y no 61 como ahora.
Cálculo de la pensión
Se elevan de 15 a 25, pero gradual. Cada año aumentará un año, de tal manera que en 2023, diez años después de que entre en vigor el periodo de cómputo será de 25 años. Lo que significará que España estará en la media de los países europeos. Para acceder a una pensión mínima contributiva se mantienen los 15 años, que dan derecho a cobrar el 50% de la prestación.

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