Articulo de Opinión
por Santiago Perez
Decididamente hay cosas que no tienen arreglo o gente que no tiene remedio.
Durante la pasada legislatura del Parlamento de Canarias, los
socialistas denunciamos el uso fraudulento que Coalición Canaria hizo
del Parlamento, del procedimiento legislativo y de la Ley, como norma
jurídica de carácter general aprobada por los representantes de los
ciudadanos para regular los aspectos más relevantes de la vida social.
Me refiero, particularmente, a cómo aprobaron mediante Ley el
Catálogo Canario de Especies amenazadas, con la finalidad de burlar los
derechos de participación y de acceso a la justicia de los ciudadanos en
la elaboración de normas sobre el medio ambiente, consagrados desde el
Tratado de Aarhus por normas europeas y españolas.
Simplemente porque no está regulada la intervención ciudadana en el
procedimiento legislativo, aunque debiera estarlo al menos en materia
medioambiental, y porque una Ley no es recurrible por los ciudadanos
ante los tribunales ordinarios, sino sólo ante el Tribunal
Constitucional. Y para ello los ciudadanos no están legitimados, sino
determinados órganos políticos y un número elevado de parlamentarios de
las Cortes Generales.
Nunca pensé que ese fraude fuera a sentar escuela y menos
participando en el Gobierno canario algunas personas pertenecientes al
PSOE. Pero ha ocurrido. Y, por si fuera poco, mejorando a peor la
felonía.
La utilización de la Ley de Presupuestos de 2013 para decretar una
reducción del 20% del horario y del salario a más de 3.000 trabajadores
públicos es una ruindad.
Es evidente que violan el principio constitucional de igualdad,
diseñando arbitrariamente un colectivo, formado por empleados públicos
cuya relación jurídica con la Administración presenta mayores
diferencias entre sí que con la de trabajadores a quienes no se van a
aplicar dichos recortes (por ejemplo, trabajadores fijos y trabajadores
indefinidos, cuyo vínculo laboral
no presenta diferencias según la legislación laboral), para aplicarles
una modificación ilegal de condiciones sustanciales de trabajo.
Han introducido un precepto de Derecho laboral en la Ley de
Presupuestos, por cierto mediante enmienda parlamentaria, para evitarse
incómodos informes jurídicos sobre la constitucionalidad de esa medida
si la hubieran incorporado al Proyecto de Ley de Presupuestos, sabiendo
perfectamente que Canarias no tiene competencias legislativas en materia
de relaciones laborales, competencia exclusiva del Estado. Y lo han
hecho para intentar derogar, pues quedará en un mero intento, garantías y
derechos reconocidos en Leyes estatales y europeas. Pero sólo a un
colectivo de trabajadores en el que se incluyen a unos y se excluyen a
otros de forma absolutamente arbitraria. Pero de todo ello darán buena
cuenta en sus demandas los abogados de los trabajadores discriminados.
Esta maniobra refuerza la herencia de las peores prácticas de los
Gobiernos que los canarios hemos tenido que sufrir -- como decía Juan
Fernando-- durante demasiado tiempo:
Al aprobar mediante Ley esta medida discriminatoria no sólo invaden
competencias legislativas del Estado; no sólo atacan el derecho
constitucional de igualdad y los derechos laborales de esos 3.000
empleados públicos, sino que pretenden defraudar el derecho a la tutela
judicial efectiva, que es el derecho que sirve de escudo protector de
todos los demás derechos fundamentales.
El derecho a la tutela judicial efectiva es en realidad un conjunto
de garantías procesales: al Juez predeterminado por la Ley, a un
pronunciamiento sobre el fondo de la demanda, a una justicia sin
dilaciones, entre otros.
Los maquiavelos que han urdido esta estrategia creen que, como la
medida la asientan en una Ley, los tribunales ordinarios no podrán
pronunciarse sobre ella, ni podrá haber una Sentencia hasta que el
Tribunal Constitucional resuelva el incidente de inconstitucionalidad
que tal vez los abogados laboralistas plantearán cuando gobierno utilice
el paraguas que él mismo ha construido: que éste recorte de horarios y
salarios hay que aplicarlo porque lo impone una Ley ,la Disposición
Adicional 57ª de la Ley de Presupuestos 2013 de Canarias).
Todo se alargará, la medida continuará aplicándose y el Gobierno
habrá impuesto y mantenido esta discriminación por la vía de los hechos
consumados, logrando una auténtica denegación de justicia.
Sin embargo, en mi opinión esta maniobra tiene las patas cortitas. Me explico.
Creo, en primer lugar, que esta medida hay que atacarla por la línea
de flotación de la propia maniobra: invocando el derecho fundamental a
la tutela judicial efectiva, que el Gobierno pretende burlar, para que
sea la jurisdicción laboral y sus órganos judiciales en Canarias, es
decir el juez predeterminado por la Ley, quienes resuelvan.
El fundamento para lograr este pronunciamiento en tiempo (judicial)
real es la cláusula de prevalencia del Derecho estatal, del artículo
149.3 de la Constitución española, que sí pueden, y por tanto deben,
aplicar los jueces y tribunales cuando hay un conflicto entre Leyes
estatales y autonómicas, a menos que la materia sea de competencia
exclusiva de la Comunidad Autónoma.
En efecto: en mi opinión, el Gobierno de Canarias intentará hacer
valer algún título competencial, como el de su potestad para organizar
la Administración Pública canaria, para explicar por qué colaron esta
medida en la Ley de Presupuestos. Entonces se hará evidente la
contradicción entre el recorte discriminatorio del 20% de horario y
salario, con la legislación laboral del Estado que debe ser aplicada por
el Juez con carácter prevalente.
Y, por si fuera poco, los jueces españoles deberán aplicar al caso
--porque, según el Tribunal de Justicia Europeo es de aplicación
directa-- la Directiva 199/70 CE, Cláusula Cuarta, que prohíbe medidas
discriminatorias contra los trabajadores temporales, que tiene primacía
sobre el derecho de los Estados miembros (Comunidades Autónomas
incluidas), según un principio completamente consolidado en el proceso
de construcción del ordenamiento jurídico europeo desde la ya legendaria
Sentencia del caso Costa/ENEL.
Estamos presenciando, en vivo y en directo, una vuelta atrás. No de
años, sino de siglos. Lo que el Gobierno ha intentado con una maniobra
propia de la catadura de algunos, es envolver en la autoridad de la Ley
un mero acto de gobierno, un acto discriminatorio, una derogación
singular de derechos laborales contra un colectivo fabricado
caprichosamente.
Es la eterna tensión entre el poder del gobernante y el imperio de la
Ley, que se intentó resolver para siempre con el principio de igualdad
ante la Ley y la prohibición de Leyes singulares, es decir con el
establecimiento del Estado de Derecho.
Es desmoralizador e indignante contemplar cómo algunos se atreven a salpicar las siglas del PSC-PSOE con estos manejos.