martes, 23 de noviembre de 2010

Ningún inspector vigila las consultas médicas privadas, salvo denuncia previa

Canarias, sin ‘policía sanitaria’

La Comunidad Autónoma de Canarias, por medio del Servicio Canario de la Salud, no dispone de un inspector funcionario que se encargue de la tarea de controlar que los que se dicen médicos y trabajan en la sanidad privada de verdad lo sean y lo puedan acreditar.

La carencia de este servicio público de control, que el propio SCS asegura que no existe, sino que se actúa previa denuncia, está en el origen, de alguna manera, del conocido como caso del falso ginécologo, proceso judicial que estos días prosigue su curso en la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Tanto el SCS como el Colegio de Médicos de la provincia tinerfeña han confirmado que Canarias no dispone de inspección para evitar estos casos. Por ello, sólo es posible que se intervenga tras la formulación de solicitud o denuncia cursada por pacientes, los propios médicos, personal sanitario o incluso representantes institucionales.

Este asunto, de gran importancia para la calidad de la asistencia médica en el ámbito privado, ha salido a la luz pública tras el denominado caso del falso ginecólo, cuyo juicio continuará en el día de mañana.

Al acusado Ernesto R. R. T., la Policía le incautó cerca de 1.070 filmaciones de supuestos abusos a sus pacientes, aunque finalmente sólo decidieron denunciar cuatro mujeres: las pocas que pudieron reconocerse ya que no se apreciaban sus caras. Los agentes que tuvieron que analizar una a una todas estas filmaciones para tratar de indentificar a las víctimas declararon en el juicio que terminaron "asqueados", a pesar de que el acusado aseguró que "todas las relaciones sexuales con sus pacientes fueron consentidas".

Junto a lo condenable de esta actitud -de demostrarse su veracidad-, este caso ha puesto sobre la mesa el debate sobre cómo se ejerce la medicina en Canarias y si los centros privados y públicos controlan que todos sus facultativos tengan los papeles en regla para poder ejercer en la región, especialmente aquellos que vienen del extranjero.

Ernesto R. R. T. es licenciado en Medicina por la Universidad de La Plata (Argentina). Según declaró en el juicio un médico amigo del procesado, éste estudió la especialidad de Ginecología en un hospital argentino; sin embargo, Ernesto no aparece como médico especialista en Ginecología, sino como médico especialista en Medina General y colegiado en Madrid (número 282852451). Según fuentes del Colegio de Médicos de Santa Cruz de Tenerife, un médico se tiene que colegiar en el lugar donde tiene su domicilio fiscal y, sobre todo, donde va a ejercer. La versión del acusado al respecto es que aún está a la espera de que le den la homologación del título, solicitada en 2001.

Para poder ejercer la medicina en España es imprescindible estar colegiado, salvo en Canarias, Andalucía y La Rioja, donde existe la libre colegiación [en virtud de la Disposición Sexta 2/2002 incluida en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de 2002] para aquellos facultativos que trabajen para la Administración Pública, haciéndose, en este caso, responsable la propia Comunidad Autónoma.

No obstante, en Canarias, el 95% de los médicos que trabaja para el Servicio Canario de Salud (SCS) está colegiado. En el caso de que vengan del extranjero, por ejemplo de Argentina, como es el caso, "además de tener el título homologado por los cauces legales", aseguran desde el SCS, "tienen que realizar de nuevo la especialización bajo supervisión en un hospital del Archipiélago durante, al menos, cuatro años". Circunstancia que, según el Colegio de Médicos, "no se cumple del todo", con lo que puede darse el caso de que un usuario sea atendido por un médico que aún no tenga homologado su título en España. La excusa, según fuentes del Colegio de Médicos, "es que no hay médicos en Canarias", lo cual niegan rotundamente.

Esto para ejercer en la Administración pública. En el caso de la privada, para abrir una consulta, un médico tiene inscribirse, llevando todos los títulos -los homologados en el caso de que sea extranjero- al Colegio de Médicos donde vaya a a ejercer y tenga su domicilio fiscal. "Nadie puede abrir una consulta sin estar colegiado", dice el Colegio de Médicos.

Actividad privada


El problema con la actividad privada, como ocurrió en el caso del falso ginecólogo, es que no hay ni un sólo inspector sanitario que compruebe si el personal que trabaja en dichas consultas tiene sus titulaciones en regla o si estas clínicas están incluidas dentro de los centros acreditados por el SCS. Así, lo reconoce el propio Servicio Canario de Salud, que dice que "no hay una policía sanitaria" recorriendo estos centros, salvo en caso de que haya una denuncia previa por parte de algún usuario. Es decir, se depende de la "buena fe" del facultativo, que es el que tiene que hacer todos los trámites para inscribir su clínica en el registro de centros acreditados.

Por ello, desde el SCS se recomienda a todos los usuarios que antes de acudir a una consulta o centro privado comprueben si éste se encuentra en el listado (se puede acceder a través de la página web del Gobierno de Canarias). Desde el Colegio de Médicos consideran "fundamental" la labor de un inspector que vigile estos centros para evitar que ocurra lo que sucedió con este médico y estiman que no corresponde a la institución esta labor. "No debemos ser nosotros los que fiscalicemos a otros médicos; ésta es una tarea de la Administración pública", aseguran.

Al final, ni uno ni otro llevan una vigilancia rigurosa de estas consultas, con lo cual puede ocurrir lo que sucedió con este médico argentino, que, a pesar de tener una condena previa en 1996 por intrusismo profesional de un año de prisión, ejercía como ginecólogo sin tener el título homologado en España en consultas donde los sellos, recetarios y titulaciones estaban a nombre de otro médico argentino, Hugo M. De hecho, muchas de las pacientes creían que estaban siendo atendidas por este último.

Ciertamente, según el Colegio de Médicos, éste es un tratamiento que se suele recomendar a las pacientes, "pero es evidente que no se hace ni en las consultas ni por el médico, dada su privacidad". Por este motivo, desde el Colegio se recomienda que se compruebe la colegiación del facultativo y se afirma que, precisamente, la falta de supervisión y la libre colegiación "favorecen" el intrusismo. "La obligación de incorporarse a un Colegio para el ejercicio de la profesión se justifica como garantía de los destinatarios", aseguran
Publicado en http://www.diariodeavisos.com/2010/diariodeavisos/content/37284/

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