jueves, 8 de julio de 2010

ESTÁ OBLIGADO A ACTUAR DE OFICIO, PERO NO SE FÍE DE ESTOS PUÑETEROS

ESTÁ OBLIGADO A ACTUAR DE OFICIO, PERO NO SE FÍE DE ESTOS PUÑETEROS Cómo hacerlo si no se lo hace el SCS

Sepa, además, que el Servicio Canario de Salud, a través de las Gerencias de Atención Primaria, está obligado a la tramitación de este procedimiento de oficio, como lo está a la correspondiente expedición de la Tarjeta Sanitaria a personas sin recursos económicos suficientes. Pero si no se fía de que esta abusiva administración haga algo por usted de oficio, puede actuar a instancias de parte. Para ello deberá dirigirse a su Centro de Salud, o bien a las gerencias de Atención Primaria, gerencias de Servicios Sanitarios y consultorios locales, acompañado de la siguiente documentación: - Solicitud que le adjuntamos en este PDF. - Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, tarjeta de extranjero o tarjeta de residencia, pasaporte o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la personalidad del interesado, así como, en su caso, a los demás miembros de la unidad familiar de él dependientes. - Certificado de empadronamiento de los interesados. - Declaración de ingresos y rentas de cualquier naturaleza, incluidos los procedentes del derecho de alimentos, de los que disponga directa o indirectamente tanto el solicitante como las personas que con él convivan. - Copia compulsada de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del último ejercicio, en el caso de que algún miembro de la unidad familiar viniera obligado a efectuarla o, en su caso, certificado de la Agencia Tributaria de estar exento de realizarla. A estos efectos, se entenderá como unidad familiar la prevista en el artículo 82 de la Ley 35/2006, del IRPF. De no ser posible aportar los documentos señalados, deberá presentarse un informe del trabajador social alusivo a la carencia de recursos económicos del solicitante. - Declaración, en su caso, de la situación de convivencia y dependencia económica de los menores o incapacitados respecto al solicitante, así como del número de miembros que componen la unidad familiar. - Declaración de no estar incluidos, ni el solicitante ni los menores o incapacitados que con él convivan, en ninguno de los Regímenes de la Seguridad Social, bien sea como titular o como beneficiario con derecho a la asistencia sanitaria, y de que carecen de cualquier tipo de protección sanitaria pública. - Certificado del órgano competente acreditativo de la minusvalía igual o superior al 33% de las personas que figuren como incapacitados en la solicitud.


No hay comentarios: