martes, 7 de septiembre de 2010

Agresiones a los empleados públicos

Por Rafael Lutzardo

Las agresiones físicas y verbales en muchos sectores del mundo laboral profesional de las distintas autonomías española, incluyendo, el Archipiélago canario, en lo que respecta a los últimos diez años, viene siendo preocupante, variados y múltiples. Sectores como enseñanza y medicina han venido siendo víctimas directas de las citadas agresiones físicas contra médicos, psicólogo, enfermeras, auxiliares de clínicas, celadores. Alumnos y padres de los mismos, junto con determinados pacientes que acuden bien sea por revisiones médicas; consultas, dolencias patológicas, especialmente en los pasillos de urgencias de los respectivos hospitales y centros de salud, han sido víctimas de agresores violentos y sin el más mínimo rigor de respeto hacia unos profesionales que solamente intentan cumplir con su deber.
Unos, para salvar vidas. Otros, para enseñar los conocimientos culturales más elementales que todo ser humano tiene derecho en su primear fase de formación y preparación en el mundo de la enseñanza secundaria. En su momento, en una información publicada en el periódico El País, el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, apostó por considerar como atentado las agresiones graves a maestros y médicos, como propuso también en su momento la Fiscalía Superior de Justicia de Cataluña. Del mismo modo, el fiscal general del Estado, apoyó el criterio de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de considerar como atentado contra funcionario público, castigado con penas de prisión de uno a cuatro años, las agresiones a maestros y médicos para "reforzar la seguridad" del profesorado y de quienes son "indebidamente agredidos".
Para ello, los artículos 550 y 551 del Código Penal, que recogen el delito de atentado, castigan con penas de prisión a "los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". Sin embargo, el propio fiscal general del Estado, reconoce que el mencionado artículo del Código Penal, su aplicación, tal y como está redactado, a maestros y médicos, comporta dificultades técnicas-jurídicas, pero que se trata de una posibilidad legal que debe de utilizarse sólo en los casos en los que se den situaciones de gravedad. Lo cierto, es que profesionales de estas ramas han venido siendo víctimas de personas violentas y sin escrúpulos. Es hora que la Ley se defina contra éstos salvajes violentos.
También, los agentes del orden público que velan por la seguridad de los ciudadanos en muchas ocasiones se ven afectados por este tipo de violencia físicas o verbales; funcionarios/as y laborales de muchas consejerías de las comunidades de las distintas autonomías de España y Canarias. Es hora pues, que los agresores contra los empleados públicos tengan su merecido, pero a través del peso de la Ley. Por su puesto que las edades son bastante significativas y complejas a la hora de poder aplicar la Ley, pero si eres menor para agredir a un empleado/a público o un ciudadano de la sociedad que sea, también es persona para ser juzgada y condenada.

No hay comentarios: