Como les decíamos más arriba, Esteban Bethencourt fue condenado en diciembre de 2009 como autor de un delito de malversación, pero recurrió tal sentencia del TSJC en casación ante el Supremo, que en julio de 2010 ordenó la repetición de aquel juicio con jurado al apreciar una defectuosa valoración de una prueba, en concreto la cuantía de las cantidades malversadas. No dijo el Supremo que el acusado fuera inocente, lo que hubiera conducido a la anulación de la sentencia, sino que la condena debía ser revisada por esa defectuosa valoración de la prueba, lo que obligaba a nuevo juicio con nuevo jurado y nuevo magistrado presidente. Ese segundo juicio se había fijado para el próximo martes, día 14, pero entre una cosa y la otra, el 8 de octubre, Bethencourt plantea ante el Supremo un incidente de nulidad de actuaciones con el que pretendía que el alto tribunal echara abajo todo el proceso por defectos formales. El Supremo le ha dicho que nones, que todo es correcto y que debe repetirse el juicio. Y lo ha hecho en un auto fechado el 19 de noviembre pasado, justo un día antes, uno, de que el dirigente nacionalista gomero presentase su dimisión como diputado alegando falta de sintonía con Paulino Rivero. ¿A qué equivale jurídicamente esa dimisión? Veamos.
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