Mesa General de Empleados Públicos
20/04/2012

Ahora la administración nos plantea que este ahorro quiere hacerlo
reduciendo un 5% lineal de los salarios en cómputo anual. Es decir, el 5% de lo
que cada empleado público gana al año, que será descontado entre la paga de
diciembre y las mensualidades del segundo semestre.
También se nos informa de otras medidas que pretenden adoptar en relación
directa a los empleados públicos:
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Racionalización y redistribución de efectivos de personal.
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Modificación de la ley 3/97 de incompatibilidades de los miembros del gobierno y altos cargos de la comunidad autónoma, especialmente su artículo 2 en lo que afecta al personal eventual.
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La creación, modificación y supresión de categorías profesionales del personal estatutario se hará por decreto.
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Regulación del régimen de IT (lo que ya sabemos sobre el complemento salarial del 100% sólo durante los tres primeros meses, y después ya se verá por la inspección médica).
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Regulación de la jubilación del personal funcionario.
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Modificación de la ley de la Función Pública Canaria (LFPC), en lo referente a las jubilaciones de los funcionarios, evitando el “reenganche” y extensión al personal estatutario de este régimen de jubilaciones.
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Se pretende incluir en el convenio colectivo del personal laboral este mismo régimen de jubilaciones forzosas.
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Modificación de la LFPC para ampliar la flexibilización de la jornada laboral en los casos de lactancia, cuidado de un menor o mayor y ampliación del número de horas a la semana que entran en el régimen de flexibilización (de cinco horas a treinta horas semanales en unos casos y de cinco horas a veinte en otros). Este sistema se aplicará también al personal laboral.
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Modificación de la licencia sin sueldo para los funcionarios, equiparando este derecho al de los laborales, que la pueden pedir hasta once meses en dos años.
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Modificación de los artículos 71-78 LFPC referidos a los procedimientos de selección de personal. Se trata de establecer que en estos procedimientos no transcurra más de un año entre la convocatoria y la resolución definitiva (aplicable también a los procedimientos de concurso de traslados).
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Cambio de adscripción de los funcionarios interinos, que pasarían a ser adscritos a puestos base de sus grupos o subgrupos, y si no hay a la vacante existente con menor retribución.
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Los funcionarios procedentes de otras administraciones no podrán participar en procedimientos de provisión de puestos propios de la comunidad autónoma, concursos, traslados o procesos de libre designación.
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Reducción del complemento específico singular de la Policía Canaria y su eliminación en las pagas extras.
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Desaparición de los complementos y suplementos de informática del personal informático, que pasa a cobrar los complementos de homologación y encuadramiento que correspondan en función de su categoría.
Desde Intersindical Canaria hemos insistido en las 100 medidas de ahorro
que ya le habíamos planteamos a la administración y seguiremos proponiendo
medidas para evitar que se ejecute cualquier tipo de descuento en las
retribuciones de los empleados públicos.
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